lunes, 10 de enero de 2011

La lucha por las libertades. Ley antitabaco anticonstitucional

Acaba de llegarme este correo y quiero colaborar en la defensa de las libertades, así que lo difundo en la medida de mis posibilidades.
"Estamos apoyando la iniciativa del restaurante guadalmina en su posicion frente a la ley del tabaco. les agradeceríamos se detengan a leer este comunicado que el citado asador responde desde su correo y le den la mayor difusion posible, reenviandolo a toda su agenda de correo. para cualquier consulta pueden dirigirse directamente al correo asadorguadalmina@silopa.com
QUERIDOS AMIGOS:
En primer lugar, quiero daros las gracias de corazón por todas las muestras de cariño y apoyo que me habéis enviado a través del correo electrónico y Facebook.
Esta es una batalla que tenemos que luchar todos juntos, ya que la unión hace la fuerza. Nos están privando de nuestras libertades, tanto a los hosteleros; prohibiéndonos decidir las actuaciones a seguir en nuestros establecimientos “privados”, como a los fumadores a poder disfrutar de unas de las costumbres mas arraigadas en nuestro país.
En estos momentos, es muy importante conseguir firmas, ya que cuantas más podamos reunir, más fuerza tendremos.
Os voy a adjuntar la carta que mi abogado; Don José Antonio Choclan Montalvo, me ha facilitado con las actuaciones a seguir.
No obstante, tengo una reunión con él, el próximo lunes en Madrid, por lo que a mi regreso a Marbella os seguiré informando.
Según tengo entendido, aunque os lo confirmaré el martes, las firmas por Internet no valen, por lo que tendréis que enviármelas por correo a:
ASADOR GUADALMINA
Centro comercial Guadalmina III, Local Nº 3
29670 San Pedro Alcántara
(Marbella-Málaga)
Mi intención, es tratar de convencer de la causa a importantes hosteleros y cocineros de España, para ofrecer una rueda de prensa conjunta a todos los medios y crear conciencia en defensa de nuestros derechos.
No hagáis caso a ciertos medios próximos al poder, que lo único que pretenden es meternos miedo y hacernos retroceder en nuestra lucha.
Existen recursos legales contra las sanciones que puedan imponernos.
Amigos hosteleros, no tengáis miedo. Unámonos todos, y no nos pasará nada. Somos un gremio muy importante y con mucha fuerza.
ÁNIMO, CUENTO CON VUESTRA AYUDA.
Un saludo a todos."
A continuación copio el impreso donde se redacta la petición para quien quiere colabore en esta lucha por la defensa de las libertades.

PETICIÓN QUE SE FORMULA ANTE EL DEFENSOR DEL PUEBLO


AL OBJETO DE QUE INTERPONGA RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY 42/2010, DE 30 DE
NOVIEMBRE.


En virtud del derecho constitucional de petición que me ampara, y que se
encuentra reconocido en el artículo 29 de la Carta Magna y desarrollado por
la Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, con la firma del presente escrito
peticiono de forma expresa y por escrito al Defensor del Pueblo, en su
condición de autoridad pública competente para ello, que al amparo de lo
prevenido en el artículo 32.1.b de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, interponga recurso de inconstitucionalidad
contra la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley
28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y
reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los
productos del tabaco; al entender que la misma resulta contraria a la
Constitución Española, y en concreto, que el contenido de la citada ley
vulnera los derechos constitucionales de todos los ciudadanos a la libertad
personal del artículo 17 CE, y atenta contra el libre ejercicio a la libertad de
empresa de, entre otros, los profesionales de la restauración y de la
hostelería, consagrado en el artículo 38.1 CE.
Invocamos para ello la misma esfera de libertad de la persona que ha sido
esgrimida en tantas ocasiones por los tribunales de justicia como fundamento
desestimatorio de reclamaciones judiciales por eventuales responsabilidades
de las administraciones públicas derivadas del consumo de tabaco,
argumento que abona en este momento el derecho de todos los ciudadanos a
defender y hacer valer su derecho a la libre determinación y a elegir
libremente su deseo o no de fumar y, en su caso, a acudir a establecimientos
donde el consumo de tabaco esté o no permitido, sin políticas
intervencionistas ni injerencias de los poderes públicos.
No existe colisión alguna de derechos y la tutela de la salud pública prevista
en el artículo 43.2 CE no obsta las anteriores consideraciones. La debilidad
de tal argumento se evidencia con palmaria nitidez de lo incongruente que
resulta que los poderes públicos prohíban con tal fundamento el consumo de
aquello que, sin embargo, legalmente venden, máxime cuando la proscripción
del consumo alcanza, inclusive, al mismo establecimiento donde se produce
la propia venta.
Tratándose la presente de una petición colectiva, y dando debido
cumplimiento a los requisitos exigibles en el artículo 4 de la LO 4/2001, la
presente solicitud se encuentra debidamente firmada, figurando junto a la
firma el nombre y apellidos del peticionario.


NOMBRE Y APELLIDOS:


D.N.I. y NACIONALIDAD:


FIRMA: